Bajo el argumento del avance del fenómeno meteorológico El Niño y la amenaza de severos anegamientos en la provincia, la gestión de Maximiliano Pullaro oficializó la reglamentación de la Ley Nº 14.477. La medida establece el Estado de Emergencia Hídrica en todo el territorio santafesino hasta el 30 de abril de 2027, blindando al Ejecutivo con mecanismos de excepción que flexibilizan los controles habituales en las licitaciones públicas y reestructuran las partidas presupuestarias.
La normativa, refrendada por el Gobernador junto a los ministros Pablo Olivares (Economía) y Fabián Bastia (Gobierno e Innovación Pública), responde a las alertas del Servicio Meteorológico Nacional por precipitaciones superiores a los promedios históricos. No obstante, el eje central del decreto radica en el esquema administrativo expedito que se activa bajo el pretexto de la urgencia.
A través del Artículo 1°, el decreto habilita procesos de contratación directa y licitaciones aceleradas para la adquisición de insumos, equipamiento y contratación de obras destinadas a mitigar los excesos hídricos. Si bien el texto oficial aduce la preservación de la transparencia y la razonabilidad de costos, la vía excepcional reduce las exigencias de fiscalización previa en el uso de los recursos del Estado.
En paralelo, la reglamentación instrumenta el Fondo de Emergencia Hídrica, asignándole su administración exclusiva al Ministerio de Gobierno. Esta caja especial se nutrirá de la reestructuración de partidas del Presupuesto provincial, Aportes del Tesoro Nacional (ATN) y transferencias extraordinarias, otorgándole a la cartera política una importante discrecionalidad para la asignación y reorientación de fondos públicos durante los próximos tres años.
